lunes, 12 de noviembre de 2012

SOBRE LA REFORMA LABORAL

La reforma laboral no es algo nuevo, esta reforma se empezó a gestar desde la firma del NAFTA o TLCAN, resultante de las negociaciones hechas por el entonces presidente Gortari. En aquel entonces, la pretensión era hacer "flexible"! el sistema laboral del país, para ajustarlo a las nuevas tendencias laborales en el mundo, esto suena lógico si se habla de mejorar la competitividad laboral del país, pero, ¿Bajo que condiciones? La primera propuesta de la reforma laboral comprendía: 1). Movilidad funcional y geográfica con multihabilidades 2). Contratos temporales, por hora o jornada reducida 3). Racionalizar causales de rescisión de contratos 4). Limitaciones en cuanto a responsabilidades en juicios laborales por el pago de salarios caídos 5). Pago por hora 6). Democratizar la huelga: previo al estallamiento acreditar la voluntad mayoritaria de los trabajadores con voto secreto; asimismo en la decisión para levantarla 7). Desaparecer las juntas de conciliación y arbitraje 8). Desaparecer los contratos ley 9). Establecer contratos de capacitación sin que impliquen relación laboral 10). Acabar con el escalafón ciego y cambiarlo a escalafón por capacidad 11). Establecer prestaciones laborales y sindicales de acuerdo con las condiciones de cada empresa (implica el cuestionamiento del funcionamiento actual de la Seguridad Social) 12). Eliminar la cláusula de exclusión por ingreso y separación 13). Libertad de sindicalizarse 14). Sindicalismo apolítico, acabar con la relación con los partidos. Es aquí donde se suelta el debate completo, donde por un lado organizaciones empresariales botan la reforma, y organizaciones estatales empiezan su estira y afloja, organismos como la CCE, Coparmex ó Concanaco, llevan este debate desde hace años. Pero vamos a otra cosa, ¿Qué dicen los teóricos sobre las reformas laborales? El concepto originario e histórico de Ley laboral no tiene como idea central la idea de mercado de trabajo, sino de relación laboral, misma que se amplió hacia las relaciones industriales y no tiene que ver con facilitar el libre encuentro entre oferta y demanda. Las Leyes Laborales nacen de las luchas obreras por paliar las consecuencias de la revolución industrial y del capitalismo liberal del siglo XIX. El México de la Revolución Mexicana, a su manera, reconoció que había una “cuestión social”, en particular laboral que no podía dirimirse solo a través del derecho civil o del penal. El concepto de relación de trabajo, como relación entre trabajo y capital, se trata del encuentro entre oferta y demanda de trabajo, principalmente a las relaciones dentro del proceso de trabajo de los ya empleados, toda actividad que signifique subordinación por una de las partes, es trabajo. Katz y Kochan dicen, cito: "que la negociación colectiva que es el centro de las relaciones industriales podría ser contemplada en tres niveles: El estratégico: objetivos, estructuras y estrategias de sindicatos y management; el funcional: proceso propiamente de negociación colectiva, que implica un marco jurídico laboral, instituciones y procedimientos, así como costumbres y tradiciones; y el del lugar de trabajo (workplace): como se traducen las relaciones industriales y la negociación colectiva en lugar de trabajo." Al respecto del término de relaciones laborales, Bronstein las define como: "las formas y mecanismos de interrelación de los sujetos en el marco de la organización de la producción con el fin de adoptar decisiones en torno a las condiciones de ejecución del trabajo y a la distribución de los resultados." Es decir, que el concepto de legislación laboral, en sentido amplio, no se originó para reforzar las relaciones de mercado, sino fue concebida como derechos y obligaciones frente a la desigualdad que el mercado generaba. Esto de hacer reformas laborales esta de moda desde los keynesianos, neoclásicos e institucionalistas, muchos de los conceptos de la cultura toyotista, aplicado a industrias, flexibilización y adelgazamiento de estructuras, se han querido transportar al mercado laboral, de tal suerte que se pretende sea más eficiente el sistema de trabajo y contratación de personal. Cito a Enrique de la Garza Toledo: “Las políticas de flexibilización se mueven en el nivel de los Sistemas de Relaciones Industriales, es decir, en el de las instituciones, normas y sujetos conformados durante el período del "Estado Benefactor" que regularon las relaciones entre empleadores y empleados: Leyes laborales, Contratación Colectiva y Sindicalización, Seguridad Social y Justicia Laboral. En otros términos, flexibilizar el mercado de trabajo equivale a flexibilizar el sistema de relaciones industriales: a) En los mecanismos de fijación de salarios que fueran mas allá de la asignación espontánea por oferta y demanda. Por tanto, resultan indeseables los salarios mínimos o aquellos en los que se consideran los costos de reproducción de la fuerza de trabajo y también el monopolio sindical en la contratación de mano de obra. b) En los mecanismos de contratación o despido de trabajadores que no se rijan por oferta y demanda de empleo: leyes laborales que dificultan el despido o imponen indemnizaciones por ajuste de personal; aquellas que obligan a emplear trabajadores en forma indefinida; contratos colectivos que dificultan la contratación o el despido; presiones sindicales o gubernamentales en contra del recorte de personal. c) En impuestos, gravámenes o tributos que incrementan los costos salariales, tales como las cuotas de la seguridad social, fondos para despedidos, para vivienda, etc. En síntesis, la flexibilización del mercado de trabajo en esta perspectiva equivale a la flexibilización de las leyes laborales, de los contratos colectivos, de las políticas gubernamentales.” Hoy se pretende, bajo la argumentación de la competitividad, hacer una reforma integral que cumpla con lo antes mencionado, pero tengo algunos pensamientos sobre la misma: - La flexibilidad laboral no significa DE NINGÚN LADO mayor productividad, eficacia o eficiencia. - Puede haber flexibilidad sin desregulación y desregulación sin suficiente flexibilidad, la reforma es un intento, sin conocimiento de causa, de entrar al "mundo laboral moderno" en México, inexistente. - Si las empresas creen que con ello asegurarán su capital, cometen un error. - Lo más peligroso de la presente reforma laboral es que está sujeta al juicio PERSONAL del patrón.

No hay comentarios:

Publicar un comentario